Denuncia Administrativa

La denuncia es la comunicación que hace un consumidor a la Administración cuando entiende que un empresario o profesional vulnera sus derechos como consumidor para que, si se comprueba que existe una infracción en materia de consumo, se proceda por la Administración a abrir el correspondiente expediente sancionador y, en su caso, a sancionar al infractor.

Vías de denuncia:  

  • Formulario oficial de la Administración del Principado de Asturias o los disponibles en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC).
  • Presentación de un escrito en el que figuren los datos de ambas partes (denunciante y denunciado), con una exposición de los hechos, con fecha y firma, y además la relación de documentos que acompañan a la denuncia (factura, ticket, contrato, presupuesto, etc). 
  • Cumplimentando en el propio establecimiento una hoja de reclamaciones oficial. (Todos los establecimientos, servicios y actividades profesionales que presten o desarrollen su actividad en el Principado de Asturias tienen la obligación de tenerlas). Se compone de tres copias: el establecimiento se quedará con una, llevándose Vd. las otras dos, de las cuales deberá hacer llegar una –la que está reservada para la Administración- al organismo competente en materia de consumo. En ella, tanto Vd. como el denunciado pueden expresar de manera resumida sus versiones de los hechos.

Junto con el escrito o formulario, conviene incluir toda la documentación de la que disponga (facturas, contratos, publicidad…)
 
La presentación de su denuncia podrá ser realizada en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, en el Servicio de Consumo de la Administración del Principado de Asturias o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Hoja de Reclamación.pdf