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Bodas Civiles y Parejas de Hecho

Aviso

Los certificados de nacimiento, de defunción, de vida y de matrimonio se solicitan en el Juzgado de Paz.

Contacto: juzgado.ribadesella@asturias.org

Teléfono: 985 86 01 19

TRÁMITES PARA BODA CIVIL EN AYUNTAMIENTO DE RIBADESELLA

  1. Iniciar expediente en el Juzgado de Ribadesella o aquel donde estén empadronados.
  2. Presentar solicitud (Solicitud general.pdf) en el Ayuntamiento debidamente formalizada en la que se indicará el día, la hora y la persona que se desea que oficie el acto en caso de tener una preferencia, acompañada de:
    • Fotocopia de DNI de los contrayentes.
    • Fotocopia de DNI de los 2 testigos.
  3. Presentar la ficha de matrimonio perfectamente cumplimentada. Ficha de matrimonio.docx.
  4. Aportar la ficha de Estadística facilitada en el Juzgado debidamente cumplimentada (en el caso de que el Juzgado se la facilite).
  5. Presentar un original de las Capitulaciones Matrimoniales en caso de existir. Y libro de familia en el caso de aportar hijos al matrimonio.
  6. Según la ordenanza fiscal nº 106, epígrafe nº 104, la tasa por matrimonio civil  es de 80 euros para residentes en Ribadesella y de 160 euros para no residentes en el municipio. Y deberá ser ingresada un mes antes de la fecha de la boda, en la cuenta de UNICAJA  que a continuación se detalla indicando el concepto (matrimonio civil) y el nombre del contribuyente. Número de cuenta: ES12 2103 7291 9500 3001 0400.
  7. Los días y horas de celebración de matrimonios civiles serán de lunes a sábado de 9:30 a 13:00 horas y solo en casos excepcionales y justificados a criterio del Ayuntamiento, podrá autorizarse la celebración fuera del horario estipulado.
  8. El aforo permitido en el Salón de Actos, lugar de celebración de las bodas civiles, es de 30 personas máximo.
  9. Queda prohibido el lanzamiento de arroz, garbanzos, avellanas y demás legumbres o frutos secos, así como confeti y/o serpentinas en el interior del Edificio.
  10. El Ayuntamiento pone a disposición de los contrayentes exclusivamente el mobiliario con el que cuenta el Salón de Plenos municipal quedando expresamente prohibido introducir mobiliario ajeno al municipal así como modificar la distribución del existente.
  11. La ornamentación floral, lumínica, musical y ambiental, en definitiva, del espacio de celebración, será por cuenta de la pareja contrayente, quedando prohibido invadir con tales efectos ornamentales, tanto visuales como sonoros, otros espacios comunes del edificio que excedan del propio Salón de Actos y debiendo evitar a toda costa, la intrusión de los mismos en el devenir de la vida natural que se desarrolla en el propio Ayuntamiento.
  12. En el caso de optar por poner flores, composiciones musicales, fotográficas, montajes audiovisuales etc, se deberá dejar claro con bastante antelación y deberán coordinarse las tareas previamente, para el tema de equipos, abrir antes las instalaciones y demás cuestiones técnicas.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA INSCRIPCIÓN COMO PAREJA DE HECHO

  1. Solicitud, modelo oficial.
  2. Original y copia del documento de identidad.
  3. Certificado de vida y estado de la pareja que deberá solicitarse en el Juzgado de Paz.
  4. Certificado de empadronamiento de ambos en el que se señale la causa de su solicitud.
  5. Declaración jurada, firmada por ambos solicitantes.
  6. Convivencia de ambos en este Concejo con al menos un año de antelación.